Las pólizas de automóvil se clasifican en 2 tipos:
Auto Casco
La cobertura ofrecida por esta póliza ampara los daños y/o pérdidas sufridas por el
vehículo asegurado como consecuencia de accidente y/o robo ocurrido dentro del territorio
nacional.
Responsabilidad Civil de Vehículos
La Empresa de seguros se compromete a indemnizar al (los) tercero (s), en
los términos establecidos en la póliza por los daños a personas o cosas que se le hayan
causado y por los cuales deba responder el asegurado o el conductor solidariamente,
con motivo de la circulación del vehículo asegurado dentro del territorio
nacional, de conformidad con la legislación que regule el tránsito y transporte terrestre,
pero limitado a las cantidades máximas establecidas en la póliza por cada accidente.
Protección que brinda la Póliza
Casco
Otorga cobertura para las pérdidas parciales o la pérdida total del vehículo, dentro
de los límites del territorio nacional. Así mismo, se incluyen todos los accesorios
originales del vehículo descritos en el cuadro de la póliza. Se considerará pérdida
total, el robo o hurto del vehículo, o cuando el importe de la reparación sea igual o
mayor que el setenta y cinco (75%) de la suma asegurada del mismo, incluyendo sus
accesorios.
Responsabilidad Civil de Vehículos
Otorga cobertura por los daños materiales y corporales ocasionados a terceros como
consecuencia de un accidente vial. Adicionalmente, podrá contratar las siguientes
coberturas:
- Exceso de límites de responsabilidad.
- Defensa penal y asistencia legal.
- Asistencia en viaje (obligatoria).
- Accidentes personales para ocupantes del vehículo.
Requisitos para contratar la Póliza
Casco
- Solicitud de seguro (debidamente llena).
- Fotocopia de la cédula de identidad y licencia de conducir del solicitante.
- Copia del título de propiedad a nombre del solicitante y del documento de
traspaso en el caso de vehículos usados.
- Si se trata de vehículos nuevos, copia del título de propiedad o certificado
de origen y de la factura de compra.
- Para vehículos importados, además de los ya mencionados, es indispensable la
presentación del resguardo nacional, emitido por la Guardia Nacional, así como las
planillas de liquidación de aranceles por importación del vehículo.
- Inspección de riesgo satisfactoria.
- Tener instalado el sistema de seguridad antirrobo de activación automática.
- Grabado de vidrios con el serial de carrocería (en la ciudad donde existan
empresas de este tipo).
- Los vehículos tipo pick-up deberán tener un dispositivo adicional, el pop lock,
instalado en la compuerta trasera del cajón que proteja la manilla.
- Sólo se aceptarán modelos del año 1998 en adelante que estén en condiciones físicas
satisfactorias, sin daños, y cuyos valor de mercado no sean inferiores a Bs.
15.000,oo.
Responsabilidad Civil de Vehículos
- Solicitud de seguro (debidamente llena).
- Copia del título de propiedad del vehículo a nombre del solicitante y del
documento de traspaso en el caso de vehículos usados.
- El vehículo debe llenar las condiciones físicas mínimas, de acuerdo con la Ley y
el reglamento de tránsito terrestre vigente, para ser asegurables.
En caso de siniestro
Auto Casco
Pérdidas Parciales
- Dar aviso a la compañía dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber
tenido conocimiento de la ocurrencia del hecho o del siniestro.
- Presentar el vehículo para la verificación de los daños en las oficinas de Seguros
Catatumbo más cercanas a su domicilio.
- Fotocopia de la cédula de identidad del asegurado y del conductor del vehículo.
- Fotocopia de la licencia de conducir del asegurado y del conductor del vehículo.
- En caso de que el conductor no sea el mismo asegurado, debe presentar una
autorización legal que acredite al conductor.
- En caso de accidente de tránsito, el asegurado deberá comunicarse con
VENEASISTENCIA y
solicitar el Servicio APIS, de asistencia al asegurado (sólo exigible en aquellas
ciudades donde opera este servicio), cuya certificación exigirá al momento de la
asistencia.
Pérdidas Totales
- Dar aviso a la compañía dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber
tenido conocimiento de la ocurrencia del hecho o del siniestro.
- Fotocopia de la cédula de identidad del asegurado y del conductor del vehículo.
- Fotocopia de la licencia de conducir del asegurado o del conductor del vehículo.
- En caso de que el conductor no sea el mismo asegurado, debe presentar una
autorización legal que acredite al conductor.
- Título de propiedad original a nombre del asegurado y carnet de circulación.
- Llaves originales y duplicados.
- Denuncia ante el C.I.C.P.C (en caso de robo del vehículo o su intento)
- Original de la denuncia ante el I.N.T.T.T. (en caso de robo del vehículo o su
intento).
- Trimestres pagados.
IMPORTANTE: En caso de Robo o Hurto del Vehículo se deberá
presentar de inmediato la denuncia respectiva ante las autoridades competentes,
específicamente el C.I.C.P.C. de la localidad respectiva.
Responsabilidad Civil de Vehículos
Al ocurrir cualquier accidente en el que resulten daños a terceros, el asegurado o el
tercero, según corresponda, deberá, en un lapso máximo de quince (15) días hábiles
siguientes al conocimiento del hecho, salvo por causa extraña no imputable a él:
- Dar aviso por escrito a la Empresa de Seguros mediante la declaración del siniestro,
acompañada por las actuaciones administrativas del I.N.T.T.T. actuante.
- Presentar el vehículo para la verificación de los daños en las oficinas
de Seguros Catatumbo más cercanas a su domicilio.
Asimismo, el asegurado deberá informar a la compañía del contenido de toda carta,
reclamación notificación o citación relativa al accidente, en un plazo no mayor de
quince (15) días hábiles contados a partir del momento de la recepción de tales documentos.
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Recomendaciones para Propietarios y Conductores de Automóviles
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para propietarios y conductores de automóviles con el fin de evitar siniestros.
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